Programa de Vivienda, Barrio y Comunidad para Vivir con Dignidad
El reconocimiento del derecho humano a la vivienda y hábitat adecuados como derecho fundamental en la Constitución Política del Estado puesta en vigencia desde febrero del 2009, es un logro de la sociedad civil organizada que pudo incidir en forma efectiva en el proceso de la Asamblea Constituyente. Los argumentos jurídicos desarrollados por la normativa internacional fueron muy importantes para fundamentar este avance que pone de manifiesto la trascendencia que tiene “un lugar seguro donde vivir con dignidad humana, salud física y mental y calidad de vida”, considerando que la vivienda adecuada es una de las necesidades humanas fundamentales.
El carácter adecuado de la vivienda y otras condiciones de vida se halla en estrecha relación con la posibilidad de disfrutar del derecho a la salud física y mental y a la higiene ambiental. La Organización Mundial de la Salud ha señalado que la vivienda es el factor ambiental que más influencia tiene sobre las condiciones de enfermedad y el aumento de las tasas de mortalidad y morbilidad.
Al considerar el derecho a la vivienda como un derecho humano es necesario adoptar la perspectiva de género. Las mujeres, ya sean de hecho o de derecho, son excluidas y discriminadas en prácticamente todos los aspectos relacionados con la vivienda. Es necesario que se tomen acciones positivas para asegurar su derecho a la herencia y la propiedad de la tierra y otros bienes; al crédito; a los recursos naturales y la tecnología apropiada, así como también para garantizar su derecho a la seguridad de tenencia y la capacidad de ser parte de un contrato.
DERECHO A LA VIVIENDA Y HÁBITAT
En la Constitución Política del Estado se describe el derecho a la vivienda y hábitat en el artículo 19:
Artículo 19.-
- I. Toda persona tiene derecho a un hábitat y vivienda adecuada, que dignifiquen la vida familiar y comunitaria.
- II. El Estado, en todos sus niveles de gobierno, promoverá planes de vivienda de interés social, mediante sistemas adecuados de financiamiento, basándose en los principios de solidaridad y equidad. Estos planes se destinarán preferentemente a familias de escasos recursos, a grupos menos favorecidos y al área rural.
Este reconocimiento constitucional del derecho al hábitat y vivienda adecuada implica el abordaje no solo de la casa como paredes y techos sino la vinculación de todos los componentes del derecho que determinan su adecuación como:
- Seguridad jurídica de la tenencia contra los desalojos, contar con servicios básicos, emplazamiento en lugares que no signifiquen riegos ambientales o físicos de deslizamientos, inundaciones u otros, entorno saludable que posibilite el disfrute de los servicios sociales de educación, salud, accesibilidad al trabajo, sistemas de transporte, seguros a costos asequibles, respeto a los aspectos culturales y climáticos de donde se habita, en su diseño y espacios, condiciones de habitabilidad que incluye espacios suficientes que eviten el hacinamiento generador de situaciones de violencia intrafamiliar donde las mujeres y niños son los/as más afectados pero que además incluya normas básicas de construcción, asoleamiento, ventilación, diseño apropiado para que las mujeres puedan desarrollar en mejores condiciones los roles reproductivos asignados por la sociedad patriarcal.
- Una vivienda inserta en un hábitat donde las condiciones de construir comunidad estén facilitadas por una infraestructura urbana que incluya las necesidades diferenciadas de género y generacional para que el disfrute del espacio público sea equitativo y los espacios de encuentro y recreación incentiven la vida comunitaria, una ciudad hecha para la gente que habita en viviendas adecuadas.
OBJETIVO:
Aportar en la generación de propuestas que posibiliten que la población de escasos recursos y excluida tenga acceso a vivienda y hábitat adecuados incentivando la planificación y el diseño participativo, fomentando el crecimiento evolutivo, la autoconstrucción asistida, la ayuda mutua y sistemas constructivos con tecnologías sostenibles.
TEMÁTICAS Y ACCIONES:
- Mejoramiento de la vivienda con acciones tendientes a consolidar o renovar las viviendas precarias, inseguras, incompletas, hacinadas, con falta de servicios básicos, emplazadas en zonas de riesgo ambiental o físico a partir de actividades de ampliación, reparación, reforzamiento estructural, instalaciones intradomiciliarias de servicios básicos, seguridad jurídica de tenencia y legalización de construcciones.
- Tecnología para la vivienda y comunidad sobre la utilización de energías alternativas y utilización del agua.
- Asistencia en la regularización de documentos de propiedad para garantizar la seguridad jurídica de tenencia de la vivienda y acceso al suelo.
- Investigaciones y elaboración de propuestas de políticas nacionales y locales de vivienda.
- Intervención en programas o proyectos estatales de construcción o mejoramiento de la vivienda.
- Sistemas de captación y disposición de aguas subterráneas y superficiales en viviendas, para disminuir el riesgo.
- Participación de los/as beneficiarios/as, tanto en la formulación de planes, programas y proyectos habitacionales, así como en todo el proceso de producción propiamente dicho de la vivienda (planificación, diseño y construcción, incluyendo el control social) incorporando elementos culturales y de respeto a los usos y costumbres.
- Control, seguimiento, monitoreo y peritaje de las obras de construcción de infraestructura, servicios y vivienda.
- Investigación aplicada y mayor conocimiento sobre la situación de la vivienda y asentamientos humanos en el municipio y la región metropolitana, como insumos para el diseño de políticas, planes, programas y proyectos.
- Promover el uso de tecnologías constructivas que sean: económicamente factibles, social y culturalmente apropiadas y ambientalmente sustentables.
- Incentivar el uso de tecnologías basadas en la reinterpretación de técnicas tradicionales complementadas con el aprovechamiento de técnicas contemporáneas, con el uso de maquinaria y equipos que optimicen el ahorro de energías; que permitan una utilización intensiva de mano de obra local y que garanticen la calidad y seguridad física social y ambiental sin arriesgar la identidad cultural.
- Formación profesional en diseño constructivo para la producción de materiales de bajo costo, y sistemas constructivos con calidad técnica y eficiencia ecológica, para que sean competitivos en el mercado local en coordinación con universidades, instituciones académicas y otras.
- Normativa de uso del suelo y patrones de asentamiento que controle y evite la densificación de la vivienda en laderas de alta pendiente susceptible a riesgos.
- Políticas solidarias de asistencia técnica: legal, constructiva, social y ambiental para el mejoramiento del hábitat y de la vivienda, proporcionada por el gobierno autónomo municipal y otras entidades públicas y privadas en el marco de alianzas estratégicas.
- Implementar medidas para la regularización de documentos de propiedad de bienes inmuebles de manera ágil y eficiente que garanticen la seguridad jurídica de tenencia con equidad de género, priorizando a las mujeres jefas de hogar.
PROYECTOS:
- 1993 al 2000 Mejoramiento de la Vivienda con microcréditos, asistencia técnica y legal que permitían: ampliar, refaccionar y remodelar las viviendas, instalar servicios básicos, regularizar el derecho propietario y compra de lotes. Banco de Materiales con ofertas de materiales de construcción.
- 2002 investigación realizada sobre las posibilidades de microfinanciamiento para las viviendas en áreas históricas, definiendo tres líneas de crédito: para regularizar el derecho propietario, remodelar la vivienda respetando el legado histórico y patrimonial, fomento de corazones de manzanas, promoción de actividades de tipo comercial y turística.
- 2003 al 2006 Mujer, vivienda y hábitat. Fortalecimiento de la Red de Mujeres Líderes Barriales de Bolivia, capacitación sobre el derecho a la vivienda, campañas por el Derecho a la Vivienda.
- 2006 al 2009 Campañas de cabildeo e incidencia para incorporar el Derecho Humano a la Vivienda en la nueva Constitución Política del Estado. Propuesta de la Ley de Financiamiento Solidario (FIVSOL) para la vivienda. Construcción de la Política Estatal de Vivienda con enfoque en la producción social del hábitat. Constitución del FOPEVI – Foro permanente de la vivienda.
LUGARES:
Ciudades de El Alto, La Paz, Sucre, Santa Cruz, Cochabamba, Potosí, Cobija, Trinidad, Oruro y Tarija.
GRUPOS DESTINATARIOS:
Población pobre de barrios periurbanos, que residen en áreas históricas y patrimoniales y mujeres lideresas de los barrios urbano populares.
ALIANZAS:
Gobiernos municipales, empresa privada, juntas vecinales y agrupaciones de mujeres luchadoras por el hábitat popular.
APOYO FINANCIERO:
SNV, AECI, Fondesif, Oxfam GB, Unión Europea y ODESC.